FIJACION DEL MONTO DE TICKETS PARA MEDICAMENTOS Y ESTUDIOS MEDICOS DE LOS USUARIOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 07/09/2012
Publicación: 13/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 774

Artículo 2

 Fijar el monto a abonarse por traslados en ambulancia, así como el
suministro de balones de oxígeno, en la Dirección Nacional de Sanidad de
las Fuerzas Armadas por los titulares directos y su núcleo familiar:
A- Pacientes dados de alta que por razones médicas deban ser trasladados a
su domicilio: $U 72,00 (pesos uruguayos setenta y dos).
B- Pacientes que concurren en ambulancia a los servicios de Fisioterapia y
Diálisis:
- Ida y vuelta: $U 148,00 (pesos uruguayos ciento cuarenta y ocho).
- Ida o vuelta: $U 72,00 (pesos uruguayos setenta y dos).
- Suministro a domicilio de balones de oxígeno: $U 136,00 (pesos uruguayos
ciento treinta y seis).
- Concentradores de oxígeno (Alquiler mensual) $U 534,00 (pesos uruguayos
quinientos treinta y cuatro).
- Mochilas oxígeno líquido (Alquiler mensual) $U 1.509,00 (pesos uruguayos
mil quinientos nueve).
- Recarga de tubo: $U 88,00 (pesos uruguayos ochenta y ocho)
- Tubo traslado: $U 165,00 (pesos uruguayos ciento sesenta y cinco).
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