REGLAMENTACION DE LA LEY 19.525, LA CUAL APRUEBA LAS DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.525 de 18/08/2017.

CAPÍTULO III - DE LOS CRITERIOS, LINEAMIENTOS Y ORIENTACIONES GENERALES PARA EL SUELO URBANO Y SUBURBANO

Artículo 18

   (Espacios públicos y equipamientos colectivos). Los espacios públicos y los equipamientos colectivos, se diseñarán en una escala adecuada acorde a las densidades de población previstas. Su localización deberá asegurar la accesibilidad universal y la existencia de espacios integradores, con las previsiones necesarias para personas con discapacidad motriz, visual o auditiva, entre otras.
   Los proyectos urbanos de gran escala deberán prever en su diseño, un espacio de esparcimiento equipado y acorde a la densidad prevista como parte integral de la intervención a realizar.-
Ayuda