DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ACTIVIDAD DE PRODUCCION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES




Promulgación: 09/10/2019
Publicación: 16/10/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 4

   (Beneficios fiscales).- Otórgase a la entidad que desarrolle la actividad promovida, un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en los bienes y servicios destinados a integrar el costo de producción de cada contenido audiovisual.

   Dicho crédito será materializado mediante certificados de crédito en el régimen correspondiente a los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva.

   La Dirección del Cine y Audiovisual Nacional (ICAU) deberá emitir una autorización detallando la documentación de las adquisiciones de bienes y servicios correspondientes.
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