CONTRALOR DE PRECIOS DE BIENES Y SERVICIOS. REGULACION DE LAS INSPECCIONES
DEL CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS Y DE LA COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS E INGRESOS
En los casos de constatarse infracciones que determinen el cierre
preceptivo del establecimiento infractor, según lo dispuesto en el decreto
318/964 antes citado, la duración mínima de la clausura será de tres días,
rigiendo el plazo máximo dispuesto en el artículo 24º de la ley 10.940 (60
días).