MODIFICACION DEL DECRETO 150/007 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DE IRAE




Promulgación: 13/10/2015
Publicación: 20/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el artículo 14 de la Ley N° 17.503 de 30 de mayo de 2002, que estableció un crédito fiscal de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para los productores agropecuarios que enajenen frutas, flores y hortalizas a sujetos pasivos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).

   RESULTANDO: I) que dicho crédito fiscal constituye un ingreso para el productor agropecuario.

   II) que existen regímenes simplificados de liquidación de impuestos que gravan las rentas de los productores agropecuarios de pequeña dimensión económica.

   CONSIDERANDO: conveniente que al crédito fiscal mencionado, se le dispense el mismo tratamiento que al precio del bien enajenado, a efectos de no alterar la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).

   ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 
artículo 64 inciso 7º).

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - TABARÉ AGUERRE
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