El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones a los rubros 0, "Retribución de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras
Transferencias", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal
en períodos no menores a 6 meses.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del Indice General de Precios
del Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, sus
disponibilidades financieras, así como las disposiciones que se acuerden
en materia salarial entre el Poder Ejecutivo, los representantes de los
cuatro Bancos Oficiales y la Asociación de Empleados Bancarios.