REGLAMENTACION RELATIVA A LA CARTERA DE INMUEBLES PARA VIVIENDAS DE INTERES SOCIAL (CIVIS)




Promulgación: 24/08/2010
Publicación: 08/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 673
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 367, 368, 369 y 
370.
VISTO: la necesidad de reglamentar lo dispuesto en los artículos 367 a 370
de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008;

RESULTANDO: que los artículos 368 y 369 de la referida Ley prevén que la
"Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social" (CIVIS) en la
órbita del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente (MVOTMA), podrá adquirir inmuebles para la construcción de
viviendas y servicios habitacionales a efectos de ejecutar los proyectos y
programas previstos en el Plan Quinquenal de Vivienda y ajustes anuales;

CONSIDERANDO: que resulta necesario reglamentar la incorporación de
inmuebles a la CIVIS y la adjudicación de los mismos, afectándolos a la
ejecución de los proyectos y los programas previstos en los respectivos
Planes aprobados;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los artículos
367 a 370 de la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Incorporación de inmuebles a la Cartera de Inmuebles para Vivienda de
Interés Social.
El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
(MVOTMA) podrá afectar inmuebles a la Cartera de Inmuebles para Vivienda
de Interés Social (CIVIS), de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.362,
de 6 de octubre de 2008.
En caso que dichos inmuebles no revistan la calidad de aptos conforme lo
dispone el artículo 368 de la ley que se reglamenta, no cumplan con lo
establecido en las normas o instrumentos de ordenamiento territorial o con
la normativa departamental aplicable, o no cuenten con condiciones
ambientales adecuadas, el MVOTMA está habilitado a realizar las obras y
acciones necesarias para su regularización, previo a la adjudicación del
inmueble a cualquier programa de vivienda.

JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
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