La Oficina de Trabajo o la DINAE en su caso, en conjunto con la Comisión
de Trabajo anunciarán los sorteos con una anticipación no menor a quince
días a la realización de los mismos por medios idóneos y suficientes, a
fin de que puedan inscribirse previamente los interesados y presenciar el
acto. A tales efectos se comunicarán la realización de los mismos al
Ministerio de Desarrollo Social, a los Centros Públicos de Empleo, al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Patronato de Encarcelados y
Liberados y a la Intendencia Municipal o Junta Local correspondiente.