EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO N° 3 BARRACAS DE
PRODUCTOS DEL PAIS Y AFINES. SUBGRUPO COOPERATIVAS DE CEREALES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 12
Aquellas empresas que ya tengan implementada una prima por antigüedad deberán seguir aplicándola siempre y cuando no signifique una rebaja con relación a la que se crea por el presente decreto.