Denunciada ante la Dirección del Area de Defensa del Consumidor una
infracción a las disposiciones de la Ley Nº 17.250, de 11 de agosto de
2000, que refiera a materia cuyo control esté atribuido expresamente a
otro órgano o ente público, aquélla le remitirá la denuncia en un plazo
de setenta y dos horas de recibida.-