REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 57 Y 58 DE LA LEY 19.121 RELATIVO AL SISTEMA DE ROTACION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS PRESUPUESTADOS DE CARRERA Y DEROGACION DEL DECRETO 6/015




Promulgación: 11/07/2016
Publicación: 25/07/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 57 y 58.

CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES COMUNES A LOS TRASLADOS EN Y ENTRE LOS INCISOS

Artículo 19

   Exceptúanse de la aplicación de las normas del presente decreto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013, a los funcionarios de la Dirección General Impositiva, de la Dirección Nacional de Aduanas, a los de los servicios asistenciales hospitalarios y extra hospitalarios en general, a los de los servicios inspectivos en general y del control aduanero y de tráfico aéreo.

   Asimismo quedan excluidos de dicho régimen los traslados hacia o desde Unidades Ejecutoras o Incisos cuyas remuneraciones estén equiparadas a las de otros organismos del Presupuesto Nacional.
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