REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 57 Y 58 DE LA LEY 19.121 RELATIVO AL SISTEMA DE ROTACION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS PRESUPUESTADOS DE CARRERA Y DEROGACION DEL DECRETO 6/015




Promulgación: 11/07/2016
Publicación: 25/07/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 57 y 58.

CAPÍTULO III
TRASLADO ENTRE INCISOS

Artículo 14

   Una vez realizada la adecuación, la Comisión de Adecuación Presupuestal la notificará al funcionario, el cual dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para aceptar o efectuar observaciones.

   En caso de efectuar observaciones, dicha Comisión estudiará ratificando o rectificando la adecuación presupuestal realizada de corresponder, debiendo notificar nuevamente al funcionario, siendo ésta la adecuación definitiva.
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