Créase un Grupo de Trabajo integrado por un representante del
Ministerio de Industria Energía, que lo presidirá, un representante de la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, un
representante del Congreso Nacional de Intendentes para proponer y
adoptar las medidas que progresivamente permitan implementar en su
totalidad las obligaciones Municipales emergentes de los artículos
citados en el presente decreto.