Actuará como órgano asesor de la Dirección, en materia de calificación,
inscripción y modificaciones, la Comisión Asesora Técnica, que se
integrará con funcionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
representantes de las reparticiones estatales y entidades privadas que
manifiesten su interés en integrarla. Esta Comisión sesionará con un
mínimo de tres integrantes y resolverá por mayoría simple de presentes con
un mínimo de dos votos.
Cuando lo considere conveniente, la Dirección del Registro podrá citar,
asimismo, a otros representantes de reparticiones estatales y entidades
privadas. Cualquiera de los integrantes de la referida Comisión podrá
solicitar se convoque a sesión extraordinaria para establecer pautas
generales, discutir cuestiones de especial importancia que se hubieran
planteado en la Comisión, integrándose en este caso con el Director del
Registro.