APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

De la calificación y cuantificación de la capacidad

Artículo 17

 A los efectos de la calificación y cuantificación de la capacidad se
tendrán en cuenta los siguientes elementos: antecedentes de obras públicas
y privadas; el cumplimiento de los contratos; la situación económico
financiera y, en las especialidades en que sean exigidos, los equipos, los
que deberán disponerse en propiedad.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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