REGLAMENTACION DEL REGIMEN GENERAL APLICABLE A PERSONAS QUE OCUPEN CARGOS EN EL ESCALAFON PENITENCIARIO "S"




Promulgación: 02/01/2017
Publicación: 10/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 41,
      Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 221 y 226,
      Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 49.
    VISTO: lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986, en los artículos 221 y 226 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y 41 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016.

   RESULTANDO: I) que por la citada disposición de 1986 se estableció el Escalafón Penitenciario "S" previendo allí su denominación.

   II) que la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 creó en el Ministerio del Interior el Instituto Nacional de Rehabilitación y los cargos que compondrán el referido Escalafón Penitenciario "S".

   III) Que el Artículo 41 de la Ley N° 19.438 exceptuó al escalafón S "Penitenciario", de la aplicación de los artículos 53 a 55 y 89 a 100 de la Ley N° 19.121 de 20 de agosto de 2013 y del artículo 49 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

   CONSIDERANDO: que el Escalafón "S", se ha instituido con naturaleza civil, no policial y corresponde en consecuencia, establecer el régimen de ingresos del mismo.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley N° 19.438 y el numeral 4 del artículo 168 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA:

                                 

TITULO I
CAPÍTULO I - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1

   Ámbito de aplicación. El presente Decreto se aplicará para los ingresos del Escalafón S "Penitenciario", los cuales serán bajo el régimen de provisoriato.


TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE VÁZQUEZ
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