REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.211. SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 08/01/2008
Publicación: 11/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 51
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.211 de 05/12/2007.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - CONCUBINOS A CARGO DE BENEFICIARIOS

Artículo 20

  A efectos del Artículo 66° de la Ley N° 18.211, se entiende
que están a cargo del beneficiario del Seguro Nacional de Salud su cónyuge
o concubino que no integre ninguno de los colectivos incorporados
efectivamente al mismo.
Referencias al artículo
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