REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO DE PREGON O PUJA A LA BAJA ESTABLECIDO EN LA LEY 18.834




Promulgación: 20/07/2015
Publicación: 27/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículos 19 y 33.

CAPITULO II
PROCEDIMIENTO DEL PREGÓN

Artículo 14

   (Fase de puja).- En el día y hora indicados, se realizará electrónicamente la puja a la baja por un lapso que controlará el sistema en función de lo indicado en el Artículo 6.

   Esta fase se iniciará tomando como base las ofertas económicas habilitadas para el ítem sobre el que se realizará la puja, y a las que se aplicaron los factores vinculados a los programas de compras públicas o regímenes de preferencia que correspondan según el caso y en base a los parámetros indicados por cada proveedor.

   Durante la puja, los oferentes podrán hacer nuevas ofertas de precio hasta la finalización del plazo especificado, las cuales deberán ser sucesivamente menores. Al finalizar el plazo previsto para la puja del ítem y si hubo ofertas en los últimos 3 minutos, se producirá una prórroga de duración aleatoria entre un mínimo de 2 minutos y máximo de 7 minutos. Dicha prórroga será determinada automáticamente por el sistema informático, no siendo pasible de modificación.

   Durante la fase de puja, la información visible en el sistema incluirá la hora de finalización prevista (excluida la posible prórroga), la cantidad de participantes en esa etapa, el valor de comparación de la oferta que esté en primer lugar, la indicación de si se aplicaron regímenes de preferencia en ese caso.

   Asimismo, los oferentes conocerán su ubicación relativa en el orden de prelación en ese momento.

   Finalizada la fase de puja, el acta será remitida en forma automática a la dirección electrónica previamente registrada por cada oferente en el RUPE.

   Asimismo el acta de apertura permanecerá visible para todos los oferentes en la plataforma electrónica.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 16 y 21 (vigencia).
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