COOPERATIVAS DE VIVIENDAS. CONSERVACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS




Promulgación: 02/04/1987
Publicación: 03/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 516
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.853 de 24/12/1986.
Referencias a toda la norma

Artículo 16

    Toda Asamblea que se cite, ya sea Ordinaria o Extraordinaria, deberá
ser comunicada con diez días de anticipación a la Inspección General de
Hacienda y a cada socio mediante notificación personal, o en su defecto
telegrama colacionado, en donde constará el Orden del Día a considerarse.
Igualmente se citará a la masa social mediante la colocación de cedulones
en lugar visible de la Cooperativa.
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