Visto: el proyecto de nuevas tasas y tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones elevado en
acuerdo con la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.
Considerando: que procede aprobar las tasas y tarifas propuestas.
Atento: a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14.235 del 25 de julio de 1974, por la cual se creó la Administración Nacional de Telecomunicaciones.
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las siguientes tasas y tarifas de los servicios que presta
la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a
partir del 1º de enero de 1984. (*)