AUMENTO SALARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. ENERO 1984




Promulgación: 12/01/1984
Publicación: 23/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 89
Ver vigencia: Decreto Nº 180/985 de 15/05/1985 artículo 9.

Artículo 3

   En esta misma instancia se abatirá en N$ 100.00 (nuevos pesos cien mil)
el adelanto a cuenta de futuros incrementos salariales otorgado por el
artículo 1 del decreto 327/983. En consecuencia, el valor del adelanto por
cada hora semanal de clase fijado en el artículo 2 del citado decreto se
abatirá en N$ 3,33 (nuevos pesos tres con 33/100) en tanto que el adelanto
por cada jornada de 8 (ocho) horas percibido por los funcionarios
jornaleros de acuerdo al artículo 3 de la misma norma se disminuirá en N$
4.00 (nuevos pesos cuatro). Para los funcionarios que perciban
retribuciones que no alcancen el valor mensual del Escalafón Ab Grado 01
el abatimiento del adelanto será prorrogado en base a la relación
existente.
Referencias al artículo
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