VISTO: Lo dispuesto en el Decreto N° 658/978 de 28 de noviembre de 1978 y
sus modificativos en materia de calificación de los funcionarios del
escalafón "M" Servicio Exterior;
RESULTANDO: que la aplicación de las normas del Decreto 658/974 de 28 de
noviembre de 1978 en diversos aspectos, ha sido superada en el tiempo por
diversas normas legales sobre funcionarios públicos y por las normas
relativas al ascenso de los funcionarios del Escalafón "M" Servicio
Exterior" aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo N° 166/996 de 7 de
mayo de 1996;
CONSIDERANDO: que la práctica ha evidenciado la conveniencia de actualizar
y reformular el régimen de calificaciones vigente para los funcionarios
del escalafón "M" a cuyos efectos resulta necesario aprobar el nuevo
reglamento de calificaciones proyectado dejando sin efecto el Decreto N°
658/978 de 28 de noviembre de 1978 y modificando en lo necesario el
Decreto 166/996 de 7 de mayo de 1996;
ATENTO: a lo antes expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Capítulo I
Del Objeto de la Calificación
Artículo 1
Las calificaciones de los funcionarios del escalafón "M" Servicio
Exterior se regirá por las disposiciones contenidas en el presente
reglamento.