MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DEL IMESI. REDUCCION PARA NAFTAS QUE SE VENDEN EN LOS PASOS DE FRONTERA QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 30/05/2016
Publicación: 31/05/2016
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la facultad concedida al Poder Ejecutivo por el artículo 38 de la Ley N° 18.083 de 26 de diciembre de 2006 para reducir el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) por unidad física de combustibles líquidos.

   RESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo hizo uso de la antedicha facultad mediante el dictado del Decreto N° 398/007 de 1° de noviembre de 2007 y modificativos.

   II) que la dinámica de variación de precios de los combustibles se ha tornado sumamente volátil.

   CONSIDERANDO: necesario perfeccionar el mecanismo de ajuste de valores de modo de adecuarlo a la nueva realidad.

   ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 398/007 de 29/10/2007 
artículo 1.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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