REGLAMENTACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS DE EMPLEO PRIVADAS Y DEROGACION DEL DECRETO 384/979




Promulgación: 09/05/2016
Publicación: 17/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.692 de 26/09/2003.

II. REGISTRO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AGENCIAS DE EMPLEO PRIVADAS

Artículo 11

   Las Agencias de Empleo Privadas deberán contar con un local o establecimiento adecuado para la realización de las actividades propias de su giro, que se identificará de tal forma que permita el fácil acceso a los usuarios y a los organismos estatales de contralor.
   En caso que se desconozca la obligación establecida en el inciso primero, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Dirección Nacional de Empleo procederá a intimar para que la Agencia regularice en el plazo de quince días hábiles, vencidos los cuales sin que se diera cumplimiento procederá sin más trámite a su suspensión del Registro.
Ayuda