Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A) del mes de
febrero de 1984 en N$ 1.88,05 (nuevos pesos ciento ochenta y ocho con
5/100).