CEREALES. ELABORACION DE HARINAS DE TRIGO ENRIQUECIDAS CON VITAMINAS Y MINERALES




Promulgación: 04/05/2006
Publicación: 09/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 871

Artículo 3

 Los productos alimenticios de fabricación nacional o importados que
contengan harina de trigo en su formulación, deberán ser elaborados con
harina de trigo fortificada con los nutrientes y a las concentraciones
indicadas en el artículo 1º del presente Decreto, con excepción de los
alimentos de uso medicinal y los destinados a exportación.
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