CREACION DE UN REGIMEN DE SISTEMAS DINAMICOS DE ADQUISICION, PARA LA CONTRATACION DE BIENES, SERVICIOS U OBRAS DE USO CORRIENTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS ESTATALES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 40.
SECCIÓN II - PROCEDIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DINÁMICOS DE ADQUISICIÓN
Artículo 8
(Pliego de Condiciones). El pliego de condiciones deberá indicar:
a) La definición del objeto del Sistema Dinámico de Adquisición,
identificando las categorías de bienes, servicios u obras, y su
correspondiente desagregación, de acuerdo al Catálogo Único de Bienes,
Servicios y Obras, administrado por la Agencia Reguladora de Compras
Estatales, así como los requerimientos y características de dichas
categorías.
b) Los requisitos para la presentación de propuestas para integrar la
nómina, así como los criterios para la incorporación a la misma.
c) La conformación, vigencia y funcionamiento de la nómina.
d) La eventual habilitación al ingreso y/o salida de proveedores,
productos y categorías de productos que la conforman.
e) Las especificaciones y/o requerimientos técnicos correspondientes a
los bienes, servicios u obras de las categorías incluidas en el
Sistema Dinámico de Adquisición que a juicio de la Unidad
Administradora resulte conveniente disponerlos ya en esta etapa.
f) La posibilidad de que los proveedores puedan establecer su compromiso
de abastecimiento mínimo por período de tiempo.
g) La posibilidad de considerar precios de referencia acorde a los
volúmenes de entrega previstos. En este caso, se determinarán los
momentos en que se podrá solicitar actualización de dichos precios.
h) El mecanismo de ajuste de precios, en caso de corresponder.
i) La forma de pago.
j) Los criterios de selección a aplicarse para la celebración de los
contratos específicos.
En todos los casos y en forma previa a la publicación del llamado correspondiente, la Agencia Reguladora de Compras Estatales analizará el Pliego de Condiciones, para recomendar o no la continuación del proceso.