Las solicitudes para realizar las operaciones a que hace referencia
el artículo 1 de este decreto, deberán ser presentadas por escrito ante el
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), con una relación
circunstanciada en la cual se expresarán claramente los motivos técnicos y
económicos de la petición. Asimismo los interesados adjuntarán la
documentación que justifique la realización de las operaciones, naturaleza
jurídica de las empresas, el o/las personas que ejercen la representación
de las mismas, declaración de aceptación de la responsabilidad solidaria
referida en el artículo 2 de este decreto y demás recaudos que solicite el
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), para acreditar los extremos
técnicos o económicos que justifiquen la petición.