CREACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 30/04/2014
Publicación: 09/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 660

Artículo 3

 Las entidades públicas, estatales o no, y las personas jurídicas privadas
de seguridad social, deberán designar los responsables ante el Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social que será registrados como usuarios del
sistema habilitados para el ingreso de datos.
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