FIJACION DE UR, CRA. DICIEMBRE 1975. ENERO 1976




Promulgación: 08/01/1976
Publicación: 15/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 50
Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos
previsto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974.

Resultando: que el artículo 15º de la citada ley comete al Poder Ejecutivo
la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable, con la finalidad
de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de alquiler.

Atento: al informe del Banco Hipotecario del Uruguay sobre la variación
del Indice Medio de Salarios elaborado por la Dirección General de
Estadística y Censos,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de
diciembre de 1975, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley
14.219 de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 13.74 (nuevos pesos
trece con setenta y cuatro centésimos).
Referencias al artículo

Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 15º de la ley 14.219 citada, la determinación de
los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 1976, se efectuará
multiplicando el último alquiler con el Indice 1.6059.
Referencias al artículo

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA
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