FUNCIONARIOS. COMPENSACION AL CARGO. MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 18/02/2008
Publicación: 27/02/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 336

Artículo 3

 La compensación a que refiere el literal A) del artículo 78 de la Ley 
Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007, quedará establecida en los montos de 
la siguiente tabla:

*      Series "Computación" y "Análisis y Programación"
**     Series "Tripulación Puente" y "Tripulación Máquina".

No tendrán derecho a percibir dichos importes los funcionarios de la
División Industria Animal, que perciban la compensación prevista en el
artículo anterior del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 103/008 de 
18/02/2008.
Ver en esta norma, artículo: 8.
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