Aprobado/a por: Decreto Nº 67/979 de 07/02/1979 artículo 1.
Reglamento sustituido por: Decreto Nº 110/985 Derogada/o de 12/03/1985.
                                Contenido:

1. MARCO JURIDICO
2. OBJETIVOS
3. FUNCIONES GENERALES
4. FUNCIONES PARTICULARES
5. ESTRUCTURA ORGANICA
     5.1 Descripción
     5.2 Organigrama

6. UNIDADES ADMINISTRATIVAS

     6.1     Jefatura
     6.1.1   Segundo Jefe
     6.1.2   Adjuntos
     6.1.3   Juntas y Comités
     6.1.4   Divisiones
     6.1.4.1 División Adiestramiento
     6.1.4.2 División Administración
     6.1.4.3 División Mantenimiento
     6.1.4.4 División Seguridad

7. DISPOSICIONES GENERALES

1.   MARCO JURIDICO

1.1  Ley Orgánica de la Armada 10.808 (Artículo 11.B) de fecha 16 de
     octubre de 1946.
1.2  Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas 14.157 del 21 de febrero de 1974
     (Docencia e Institutos Militares - Capítulo 22).
1.3  Decreto 11.789 del 2 de julio de 1948.
1.4  Ley de Instrucción Militar Obligatoria 9.943 de fecha 19 de diciembre
     de 1940.
2.-   OBJETIVOS

2.1  El Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar es un organismo de
     enseñanza que depende de la Inspección de Escuelas y Cursos.
2.2  Su misión es la Enseñanza Naval a Personal Superior y Subalterno de
     la Armada Nacional que le sea asignado, eventualmente Personal Civil
     afectado a tareas relacionadas con la actividad marítima.
3.-   FUNCIONES GENERALES

     A efectos de cumplir con la misión asignada, el Centro de
Adiestramiento de la Fuerza de Mar tiene a su cargo los siguientes
cometidos:
3.1  Adiestrar Personal Superior y Subalterno de las Fuerzas, para obtener
     de ellos un mejor desempeño de sus cometidos.
3.2  Efectuar cursos de capacitación específicos para Oficiales
     Subalternos de todos los Cuerpos de la Armada.
3.3  Apoyar a otros Centros de Enseñanza Naval para proveer en
     coordinación enseñanza aplicada en diferentes áreas profesionales de
     su competencia o capacidad.
3.4  Capacitar Personal Civil afectado a ocupaciones relacionadas con la
     actividad marítima, contribuyendo al desarrollo nacional marítimo de
     acuerdo a la Política del Mando Naval.
3.5  Llevar a cabo los Cursos, enseñanzas o adiestramientos que le sean
     asignados.
4.   FUNCIONES PARTICULARES

4.1  Actuar en coordinación con los Comandos de las Fuerzas en la
 preparación e implantación del Plan Anual de Cursos y Adiestramiento
     para las mismas.
4.2  Proponer a la Inspección de Escuelas y Cursos Navales los Cursos en
     el ámbito nacional o extranjero para Personal Superior o Subalterno
     de las Fuerzas en diferentes áreas profesionales, para que éstas
     puedan llevar a cabo su misión.
5.   ESTRUCTURA ORGANICA

5.1  Descripción.
     El Centro de Adiestramiento de la Fuerza de Mar cumple sus funciones
     de enseñanza y administrativas por medio de una estructura intermedia
     que será organizada de la siguiente forma:

     a) Jefatura de Centro;
     b) Divisiones de: Adiestramiento, de Administración, de Mantenimiento
        y de Seguridad;
     c) Departamentos: de Cuerpo General, de Máquinas y Electricidad, de
        Aprovisionamiento y Administración, de Contaduría y Tesorería, de
        Suministros y Almacenamiento, de Servicios, de Seguridad Física y
        de Seguridad Personal.

5.2  Organigrama

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 67/979 de 
07/02/1979.
6.   UNIDADES ADMINISTRATIVAS

6.1  Jefatura.

     La Jefatura del Centro será ejercida por el Jefe y el Segundo Jefe
     del mismo de conformidad con la distribución de competencias que se
     expresa seguidamente. El Jefe y el Segundo Jefe serán Oficiales en
     actividad designados en la forma que dispone la legislación
     correspondiente.

     a) Relaciones
        Depende de: Inspección de Escuelas y Cursos.
        Supervisa a: División Adiestramiento; División Administración;
        División Mantenimiento y División Seguridad;
     b) Funciones (del Jefe):

          1º) Ejecutar el Plan de Cursos y Adiestramiento que le sean
              asignados.
          2º) Coordinar el esfuerzo general de Instrucción de Personal
              Superior y Subalterno con otros Centros de Enseñanza Naval
              para producir economía de medios y evitar duplicidad de
              esfuerzos.
          3º) Brindar asesoramiento a la inspección de Escuelas y Cursos
              en cuanto la selección específica del material de Cursos,
              Instructores, Ayudas a la Enseñanza y todo lo atinente a
              Instrucciones, Adiestramientos o Cursos que permita al
        Centro proyectarse al futuro con dinámica progresista.
          4º) Proveer los medios mínimos imprescindibles para asegurar el
              cumplimiento de la misión que le ha sido asignada.

6.1.1  Segundo Jefe.

       a) Relaciones.
          Depende del: Jefe.
          Supervisa a: División Adiestramiento; División Administración;
          División Mantenimiento; División Seguridad;
       b) Funciones.

          1º) Sustituir al Jefe en caso de ausencia.
          2º) Secundar al Jefe en lo Administrativo y Funcional para el
              cumplimiento de los cometidos del Centro.
          3º) Centralizar la conducción del trámite administrativo del
              Centro de acuerdo con las normas, leyes y decretos en
              vigencia.
          4º) Ejercer el control de los asuntos vinculados con la
              administración, la economía y la disciplina.
          5º) Ejercer tareas de coordinación entre los diferentes niveles
              operativos o funcionales del Centro para asegurar agilidad y
              fluidez en el cumplimiento de las directivas recibidas.

6.1.2  Adjuntos.

       A los efectos de la conducción de los asuntos relacionados con las
       necesidades internas, administración o trámite con otros Servicios
       de la Armada, el Jefe del Centro de Adiestramiento de la Fuerza de
       Mar, dispone que los Oficiales de la Plana Mayor o Personal
       Subalterno cumplan funciones complementarias.

6.1.3  Juntas y Comités.

       a) Relaciones:

        Dependen del Jefe para su instalación y son presididas por el
        Segundo Jefe, para el estudio y recomendaciones que requieren
        pronunciamiento en cuanto los propósitos determinados al
        establecerlos.

6.1.4  Divisiones.

       Los Jefes de División serán Oficiales Subalternos de cualquiera
       de los Cuerpos de la Armada. La Organización interna del Centro de
       Adiestramiento de la Fuerza de Mar, se realiza a través de las
       Divisiones de Adiestramiento, Administración, Mantenimiento y
       Seguridad, de acuerdo a la estructuración siguiente:

6.1.4.1 División Adiestramiento.

            a) Relaciones:

               Depende de: Jefatura.
               Supervisa a: Departamento de Cursos, Cuerpo General,
               Departamento de Cursos, Máquinas y Electricidad,
               Departamento de Cursos y Aprovisionamiento y
               Administración;

            b) Funciones:

               1º) Determinar necesidades, planificar los Cursos,
                   implantar y evaluar resultados para satisfacer los
                   objetivos del Centro, actuando conjuntamente con los
                   Jefes de Departamento.
               2º) Seleccionar y proponer la designación del Plantel
                   Docente para las actividades de Enseñanza, en
                   coordinación con los Jefes de Departamento respectivos.
               3º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual
                   Orgánico de la Unidad.

6.1.4.2  División Administración

         a) Relaciones:

            Depende de: Jefatura.
            Supervisa a: Departamento de Contaduría y Tesorería,
            Departamento de Suministros y Almacenamiento, Departamento de
            Servicios;

         b) Funciones:

           1º) Centralizar todo el trámite de obtención, recepción,
               almacenamiento, envío, despacho, administración, control de
               los dineros, equipos o materiales afectados a la Unidad.
           2º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual
               Orgánico de la Unidad.

6.1.4.3  División Mantenimiento.

          a) Relaciones:

             Depende de: Jefatura.

          b) Funciones:

             1º) Llevar a cabo los trabajos generales de mantenimiento o
                 cuidado de los edificios, instalaciones y servicios de la
                 Unidad.
             2º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual
                 Orgánico de la Unidad.

6.1.4.4  División Seguridad.

          a) Relaciones:

             Depende de: Jefatura.
             Supervisa a: Departamento de Seguridad Física, Departamento
             de Seguridad Personal;

          b) Funciones:

             1º) Llevar a cabo las tareas de vigilancia y control del Area
                 Naval de asentamiento de la Unidad.
             2º) Mantener un programa de adiestramiento y adecuación
                 físico-combativa del Personal asignado a la Fuerza.
             3º) Mantener un programa completo de Seguridad Personal.
             4º) Cumplir con el rol particular que le asigna el Manual
                 Orgánico de la Unidad.
7. DISPOSICIONES GENERALES

7.1  Organización de los Cursos. Clasificación.
     Los Cursos o Adiestramiento a realizarse en el Centro de
     Adiestramiento de la Fuerza de Mar se dividen en:

     1) Cursos para Personal Superior.
     2) Cursos para Personal Subalterno.
     3) Otros Cursos asignados por el Mando Naval.


7.2  Requisitos de Matriculación en Cursos o Adiestramientos. Requisitos
     de Matriculación en los Cursos son:

     1) Personal Militar en las condiciones que el Mando establezca.
     2) Personal Civil como sea asignado, previo la autorización de
        Seguridad correspondiente expedida por la Segunda División del
        Estado Mayor Naval.

7.3  Cuerpo Docente.

     El Cuerpo Docente está integrado por:

     1) Profesores. Profesionales especializados o idóneos que desarrollen
        materia o asignatura concreta, que requiera conocimientos
        especializados.
     2) Instructores. Aquellos que imparten enseñanza profesional o
        Técnica profesional que sólo demande los conocimientos y
        aptitudes exigidas en función de su jerarquía, profesión y
        especialidad.
     3) Conferencistas. Profesionales especializados o idóneos que sean
        propuestos por el Jefe del Centro de Adiestramiento de la Fuerza
        de Mar, para dictar temas de su especialidad o dirigir algún
        trabajo de investigación.

7.4  Revisión y Actualización.

     El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento será
     rexaminado periódicamente, o cuando así lo disponga la superioridad
     con el fin de introducirle, si corresponde, las modificaciones
     necesarias para su debida actualización.
     En los casos en que se produzcan modificaciones sustanciales
     derivadas de la aprobación de nuevas normas legales o reglamentarias,
     la actualización deberá efectuarse en forma inmediata.

7.5  Encomiéndase al Segundo Jefe la realización de la revisión y
     propuesta de actualización del presente Reglamento en base a las
     directivas y previo pronunciamiento de la Jefatura del Centro a sus
     efectos.

7.6  Deróganse todos los decretos, resoluciones, reglamentaciones que se
     opongan o difieran con las normas establecidas en el presente
     Reglamento.

7.7  El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de la
     publicación del mismo en el Boletín del Ministerio de Defensa
     Nacional.
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