Aprobado/a por: Decreto Nº 392/018 de 26/11/2018.
   Artículo 3.- Sustituir los numerales 3.5.1. y 3.5.2. del Reglamento del Escalafón de Apoyo, aprobado por el Decreto 411/999 de 28 de diciembre de 1999, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
   "3.5.1. El Personal Superior del Escalafón de Apoyo serán calificados por los respectivos Jefes Calificadores. La calificación de Capacidad Técnica sólo será incluida para el Personal Superior del Sub Escalafón Técnico-Profesional del Escalafón de Apoyo.
   3.5.2. Se considerarán cualidades de Capacidad Técnica las siguientes: conocimiento y empleo de las disposiciones administrativas y técnicas referentes a su profesión. Responsabilidad y eficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones. Asesoramiento a sus Superiores en todo lo inherente a su especialidad Técnico Profesional".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 411/999 de 28/12/1999 artículo 1 
numerales 3.5.1 y 3.5.2.
Ayuda