Fecha de Publicación: 06/02/2009
Página: 777-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Empresas independientes. Se considerará que dos o más empresas son
independientes, cuando no se verifiquen entre ellas los supuestos de
vinculación establecidos en el artículo 39 del Título 4 del Texto Ordenado
1996.
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