Fecha de Publicación: 15/11/2001
Página: 364-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 19

 (Derechos de los Clientes): Son derechos de los clientes en el Sistema
Multiprestador de LDI:
a. Tener acceso a la modalidad de Selección por Marcación en el Sistema 
Multiprestador de LDI, cuando la misma esté vigente.
b. Elegir un PLDI bajo la modalidad de Selección de Presuscripción. Esta 
selección es opcional por parte del cliente.
c. Cambiar de PLDI bajo la modalidad de Selección de Presuscripción, con 
una notificación debida de cambio de al menos 30 días de anticipación.
d. Solicitar ante la URSEC el bloqueo de prefijos indicativos de PLDI.
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