Fecha de Publicación: 30/12/2016
Página: 1
Carilla: 36

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 19

   Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal del Grupo 0 "Servicios Personales", 0.8 "Cargas legales sobre servicios personales" y 0.7 "Transf. A Unid. Familiares p/Pers. en Actividad" para financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional N° 7, mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la República.
Ayuda