Fecha de Publicación: 03/02/2015
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 27

   (Materia no prevista).- En toda materia no prevista especialmente en el presente régimen de contratación, regirán las normas que regulan los procedimientos competitivos de contratación del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera, siendo de aplicación particularmente las disposiciones que regulen los procedimientos de Licitación Pública.
Ayuda