Fecha de Publicación: 14/11/2011
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 Para los ascensos se podrán postular todos los funcionarios
presupuestados del Inciso pertenecientes a cualquier escalafón, serie y
grado, siempre que reúnan el perfil y los requisitos del cargo a proveer.
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