Fecha de Publicación: 12/10/2011
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 25

 La Unidad Técnica FONDES y los agentes fiduciarios deberán informar
mensualmente a la Junta de Dirección sobre la marcha del Fondo, sus
recursos y las actividades cumplidas en el período.-
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