Fecha de Publicación: 27/08/2001
Página: 447-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 Cuando los bienes a adquirir no sean competitivos de la industria 
nacional o en el procedimiento de contratación respectivo no se hayan 
presentado ofertas con productos nacionales, las importaciones no 
resultarán alcanzadas por las disposiciones del artículo 1º de este 
Decreto.-
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