Fecha de Publicación: 27/07/2007
Página: 163-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 10

 El Ministerio de Educación y Cultura reglamentará la forma de
distribución del monto a pagar mensualmente a los alumnos, el que no podrá
exceder de tres salarios mínimos nacionales.
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