Fecha de Publicación: 24/06/2002
Página: 734-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 6

 A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el literal 4 de la 
Ley Nº. 17.503 del 30 de mayo de 2002, el Ministerio de Ganadería 
Agricultura y Pesca designará un Grupo de Trabajo, con amplia 
participación de la Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA), que dentro del 
plazo previsto en dicha ley elaborará un Plan Estratégico para el sector 
de la granja vegetal.
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