Fecha de Publicación: 24/06/2002
Página: 734-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 23

 La prohibición de deducción del Impuesto al Valor Agregado a que refiere 
el artículo 13 de la Ley Nº 17.503 de 3 de mayo de 2002, se aplicará 
exclusivamente a las adquisiciones de frutas destinadas a integrar el 
costo de los productos exportados o industrializados.
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