MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
La prohibición de deducción del Impuesto al Valor Agregado a que refiere el artículo 13 de la Ley Nº 17.503 de 3 de mayo de 2002, se aplicará exclusivamente a las adquisiciones de frutas destinadas a integrar el costo de los productos exportados o industrializados.Ayuda