Los trabajadores dependientes del sector rural beneficiarios de la
prestación por desempleo quedan exonerados del aporte correspondiente al
seguro por enfermedad previsto en el Decreto Ley 14.407 de 22 de julio de
1975, normas complementarias y modificativas, sustituyéndose la
prestación de asistencia médica prevista en dicha normativa por el
derecho a la atención integral con arancel cero y sin más trámite, en los
servicios del Ministerio de Salud Pública (ASSE), y con la sola
presentación de constancia expedida por el Banco de Previsión Social.
El monto del subsidio a percibir por el beneficiario se calculará
teniendo en cuenta la exoneración dispuesta en el inciso precedente.