Fecha de Publicación: 28/07/2014
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Fe de erratas publicada/s: 07/08/2014.

Artículo 2

 (Integración) La Comisión Especial, estará integrada por el Ministro de
Relaciones Exteriores quien la presidirá; el Coordinador Ejecutivo será el
Secretario de Derechos Humanos de la Presidencia de la República; Delegado
del Ministerio de Desarrollo Social, Delegado del Ministerio de Salud
Pública, Delegado del Ministerio de Defensa Nacional, Delegado del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medioambiente,
Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y de la sociedad civil; así como
aquéllos que la Comisión de Refugiados (CORE) designe a tales efectos.
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