Fecha de Publicación: 07/06/2006
Página: 467-A
Carilla: 9

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 Notificación de los efectos y reacciones adversos graves:
1. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos garantizará la existencia de un sistema para notificar, registrar
y transmitir información sobre reacciones y acontecimientos adversos
graves relacionados con la obtención, verificación, procesamiento,
almacenamiento, distribución, desecho y trasplante de células y tejidos
humanos.
2. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos establecerá el procedimiento para notificar las reacciones y
acontecimientos adversos.
3. El Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y
Organos notificará al Ministerio de Salud Pública la información referida
a reacciones y acontecimientos adversos graves.

                               CAPITULO III
                  SELECCION Y EVALUACION DE LOS DONANTES
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