Fecha de Publicación: 07/06/2006
Página: 463-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 El Carné del Adulto Mayor no sustituye a la historia clínica ni a
cartillas específicas para el control de enfermedades crónicas. Es un
instrumento portátil de carácter nacional cuyo objetivo es resumir la
situación global de salud y las condiciones más relevantes para la
atención de las personas adultas mayores usuarias del Sistema de Salud, a
efectos de facilitar información en el contacto con los equipos de
atención en todos los niveles y en especial para el seguimiento de la
comunidad.
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