Fecha de Publicación: 01/04/2009
Página: 47-A
Carilla: 49

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 8

 En oportunidad de cada Llamado, deberá designarse una Comisión Asesora
Técnica de Adjudicaciones integrada por los representantes designados por
los Organismos usuarios, quienes deberán tener capacidad e idoneidad
técnica en la materia específica del objeto de cada Llamado, pudiendo
incorporarse además otros técnicos de considerarse conveniente. La UCA
regulará su forma de actuación.
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