Fecha de Publicación: 30/09/1983
Página: 480-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE JUSTICIA

Fe de erratas publicada/s: 07/10/1983, 27/10/1983.

Artículo 31

   De las gestiones o reclamaciones por honorarios no concertados conocerá el tribunal ante quien se hayan causado éstos, o ante quien exista el expediente en el momento de la gestión.
Ayuda