Fecha de Publicación: 05/03/1979
Página: 582-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 6

   Créase una Unidad Ejecutora directamente subordinada al Consejo
Honorario de Capacitación Profesional que llevará a cabo los planes y
proyectos aprobados por éste, el cual, previa autorización del Poder
Ejecutivo, designará a su Director y establecerá el régimen del personal
dependiente, de acuerdo con lo que disponga la respectiva reglamentación.
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